En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte correspondiente HOMOLOGACIÓN a dicha transacción, en relación a la ciudadana ELSYMAR TORRES BALOA por la suma de CIENTO TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 131.741,38); en relación a la ciudadana MIRIAM ROSINA OCHOA ZAMBRANO por la suma de OCHENTA MIL OCHOSCIENTOS OCHENTA Y TRES BOLIVARES CON CINCUENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.80.883,53) y a favor de la ciudadana LAURA VIRGINIA QUINTANA por la suma de SIETE MIL SETENTA Y SEIS BOLIVARES CON SETENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.7.076,73) lo cual asciende a un total de DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS UN BOLIVAR CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 219.701,64) en los términos en que fue expuesto otorgando el efecto de cosa juzgada, en consec.....