Corre inserto en autos, a los folios 06, 07 y 08, instrumento poder otorgado por la parte actora y con el que actúa el abogado CESAR CONTRERAS SEQUERA, donde se evidencia la facultad para DESISTIR, cumpliendo en consecuencia lo dispuesto en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil.
En tal virtud este Tribunal da por CONSUMADO el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO formulado por la representación judicial de la parte actora, debidamente facultada para ello, en consecuencia se da por terminado este proceso y se ordena el archivo del expediente.