PRIMERO:El sentenciado Ángel Eduardo Yánez Arana, fue detenido por primera y única vez el día 13 de noviembre de 2005 hasta el 14 de noviembre de 2005 que salió en libertad por medida cautelar sustitutiva de libertad, permaneciendo detenido por un (01) días, por lo que ha permanecido en libertad posteriormente a ello y en el transcurso de la investigación. El mismo fue condenado en fecha 11 de mayo de 2007 a cumplir la pena de Tres (03) meses y Quince (15) días de arresto por el delito de Resistencia al Autoridad. En virtud que el penado ut supra solo ha estado un día detenido y ha permanecido en libertad aún debe cumplir el resto la pena que es de Tres (03) meses y Catorce (14) días. Ahora bien, ordenada como ha sido la ejecución de sentencia en el presente caso y observando que el cuantum de pena que no excede del límite establecido en el artículo 493 del Código Procesal Penal, es por lo que este Juzgado inicia de oficio el procedimiento para otorgar el precitado beneficio.SEGUNDO:O.....