En tal sentido, siendo que la obligación principal se encuentra en moneda extranjera, y las tasas de interés publicadas por el Banco Central de Venezuela están establecidas solo en moneda de curso legal, es decir, bolívares, el experto contable a quien le corresponda realizar la experticia complementaria del fallo, procederá a efectuar el cálculo de estos intereses de mora convirtiendo la deuda en bolívares a la tasa oficial para el momento que tenga lugar el efectivo pago, monto al cual se aplicara las tasas de interés, es decir, desde la fecha de terminación de la relación laboral el día 2 de noviembre de 2023 hasta la definitiva cancelación de las prestaciones sociales correspondientes, a fin de obtener la estimación total a pagar en bolívares, del monto total arrojado por los intereses de mora. En este orden de ideas, la parte demandada podrá en la oportunidad de la ejecución efectuar el pago en moneda extranjera, al cambio oficial fijado por el Banco Central de Venezuela al moment.....