En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación de la parte actora, contra la decisión del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este mismo Circuito Judicial, de fecha, 17 de julio de 2017, que negó la declaratoria de falta de cualidad del codemandado, Lorenzo Mendoza Giménez, para ser llamado a juicio, la cual queda confirmada, pero con la salvedad que debió condenar a la demandada al pago de las costas de la incidencia. SEGUNDO: Se condena al codemandado, Lorenzo Mendoza Giménez, al pago de las costas procesales del medio de ataque opuesto en la fase de mediación arriba señalado. TERCERO: Se imponen las costas de este recurso a la parte codemandada, Lorenzo Mendoza.....