EL Tribunal se Trasladó y Constituyó en el Fundo Titiriji ò San Miguel, Ubicado en el Tramo de Carretera o Vía de Penetración que va de la Población de las Mercedes del Llano al Paso de Agua Blanca, Jurisdicción del Municipio de las Mercedes del Llano del Estado Guarico. El Tribunal procede a notificar al Querellado de su Misión indicándole que el Tribunal de la causa decreto una Medida de Amparo a favor del Querellante Ciudadano: Gilberto Oswaldo Molina, consistente en el cese de los Actos Perturba torios Materializados por la parte Norte del Fundo Titiriji o San Miguel. El Notificado Daniel Díaz Camaripano manifiesta al Tribunal que se compromete de modo espontáneo a cesar las perturbaciones por el y su hermano.