Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio y en consecuencia, declara Disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos: JUAN GABRIEL MORENO RENGIFO Y ANA LUZ BELEN BRICEÑO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.513.832 y 17.739.712 respectivamente, y ambos de este domicilio, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, en fecha 05 de Junio del año 2.008, según acta N° 142.