Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide así:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado Francisco Villarroel, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 8.462, en su carácter de abogado asistente de los ciudadanos ISMAEL CAMPOS, IRIS MERCEDES HERNÁNDEZ, CRUZ FLORES y MORELIS GUILLÉN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.879.961, V-10.113.110, V-3.005.725 y V-19.383.362, en su condición de parte presuntamente agraviada; en contra de la ciudadana DANIELA GONZÁLEZ, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-16.380.476, representad.....