En fuerza de todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda propuesta por el abogado LUIS ALBERTO MARTINEZ contra MARIA JOSEFINA GOMEZ GONZALEZ por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES DE ABOGADOS POR ACTUACIONES JUDICIALES Y EXTRAJUDICIALES y en consecuencia la nulidad de todo lo actuado en este proceso. Se condena a la parte estimante e intimante al pago de las costas judiciales.