Por los razonamiento anteriormente expuestos, éste Juzgado Octavo (8º) en función de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, NIEGA la medida de cumplimiento de pena de TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO, (Destacamento de Trabajo), al penado SILVEIRA FERNANDEZ EDGAR 2ANTONIO, titular de la cédula de identidad V-15.347.035 de conformidad con lo previsto en los artículos 500 encabezamiento y 479 numeral 1 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, diarícese, publíquese y notifíquese la presente decisión; remítase un ejemplar del presente auto motivado al Director del Internado Judicial Anzoátegui (Puente Ayala), donde actualmente se encuentra recluido el penado de autos, y al Juez del Juzgado Primero (01) en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de Barcelona a los fines .....