se dicto decisión en el asunto Nº JP01-O-2006-000008, en virtud de la cual este Tribunal considera que el conocimiento del presente amparo contra el auto judicial dictado por ese Tribunal de Juicio, según la Ley Orgánica que rige el procedimiento especial de Amparo, confía el conocimiento a "un Tribunal superior al que emitió el pronunciamiento", que será el tribunal Superior al que hubiere dictado el fallo supuestamente lesivo, es decir, la Corte de Apelaciones, es por lo se acuerda remitir el presente asunto a dicha Instancia Superior. Igualmente se ordenó notificar a las partes de esta deción.-