Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Juicio No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Extensión Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: Constituirse de manera Unipersonal a los fines de realizar el juicio oral y publico en el presente asunto seguido al acusado JUAN DE DIOS FAJARDO RONDON, Venezolano, de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.938.603, donde nació en fecha 08-03-1968, soltero, de profesión u oficio agricultor, residenciado en La Calle Mérida, Casa N° 18, Santa María de Ipire, Estado Guárico, hijo de Luisa Rondón y Agapito Fajardo; a quien se le imputa la comisión del delito VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal; en perjuicio de la ciudadana SELENE BELLATRIX OROPEZA SANTIAGO. Y así garantizar plenamente la tutela judicial efectiva y el derecho a la defensa consagrados en los artículos 26 y 49 de la Co.....