Por las argumentaciones que se han dejado extendidas, este TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley imparte la HOMOLOGACION A LA TRANSACCION celebrada por las partes en fecha 06 de julio de 2017 por ante la Notaria Pública Tercera del Municipio Libertador del Distrito Capital, en el juicio que por DESALOJO (LOCAL COMERCIAL), sigue la SOCIEDAD MERCANTIL ¨MINICENTRO MEXX, S.A.¨, antes identificada, contra la ciudadana LUPE VESTALIA BLANCO RIVAS, antes identificada, teniendo la referida transacción la misma fuerza que la cosa juzgada.
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.-