DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial Civil existente entre los ciudadanos: SANDRO MANUEL SOJO ALVARADO y YOLAINY ALEMAN GUARENAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-14.146.028 y V-11.123.576 respectivamente, contraído en fecha Veintiséis (26) de Agosto de 1994, por ante El Registro Civil de la Parroquia San Juan de los Morros del Municipio Juan German Roscio del Estado Guarico, tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio registrada bajo el Nº 290 del año 1994, con fundamento en el Artículo 185–A del Código Civil V.....