“…En cumplimiento de la Comisión este Juzgado, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARO EMBARGADA EJECUTIVAMENTE la cantidad de CUATRO MIL TRESCIENTOS TRECE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 4.313,45), disponible en la cuenta de Ahorros N° 01330002001101028802, cuyo cotitular es el demandado ciudadano LUIS ALBERTO ARGUELLES TRISTAN, titular de la cédula de identidad N° 4.583.852; y se instruyo al notificado a los fines de que proceda al bloqueo inmediato de la cantidad embargada y emita cheque de Gerencia a nombre del Tribunal Comitente JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, por la cantidad embargada que asciende a la suma de CUATRO MIL TRESCIENTOS TRECE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 4.313,45)…”