el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa en la Ley, la ADMITE en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se ordena la intimación de CONSTRUCTORA ESPEFUND, C.A. sociedad mercantil domiciliada en Cumaná, Estado Sucre e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre el 17 de abril de 2009, bajo el No. 3, folios 16 al 23 vto., Tomo A-06., e inscrita en el Registro Único de Información Fiscal (RIF) bajo el No J-29748301-2, en la persona de sus directores los ciudadanos YANITZA DEL VALLE MELENDEZ y CRISTIAN ORLANDO GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en cumaná, estado sucre, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.613.990 y V-20.116.609, respectivamente, a fin de que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los (10) diez días de Despacho, mas Cinco (5) días continuos, que se le conceden como termino de la distancia, los cuales correrán .....