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Decisiones del dia 03/07/2006 |
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N° Expediente :
D-1933
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N° Sentencia :
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Fecha: 03/07/2006 |
Procedimiento: Resolución De Contrato |
Partes: SOCIEDAD MERCANTIL ADMINISTRADORA CEDIAZ, C.A., CONTRA LA SOCIEDAD MERCANTIL TECNOLOGÍA Y SISTEMAS CNR, C.A. |
Resumen:
Dado el caso de autos, se evidencia que no fue acompañado a los autos, instrumento fundamental de la demanda intentada, este Tribunal se ve forzado a declarar Inadmisible la demanda propuesta, por no llenar el libelo de la demanda, uno de los requisitos previstos en el artículo 340 de la precitada ley.
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente demanda.
Publíquese y Regístrese.
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Juez/Ponente:
Ana Alejandra Morales
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Organo:
Juzgado Vigesimo de Municipio
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N° Expediente :
D-1930
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N° Sentencia :
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Fecha: 03/07/2006 |
Procedimiento: Resolución De Contrato |
Partes: SOCIEDAD MERCANTIL ORGANIZACIÓN INMOBILIARIA I & T, 2002, C.A., CONTRA EL CIUDADANO RONAL JOSE GALICIA |
Resumen:
Ahora bien, observa esta Juzgadora, una vez revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, que desde la fecha que fue recibido el mismo, la parte demandante no ha consignado los recaudos fundamentales de su acción; a este respecto el artículo 340 en su ordinal 6° del Código de Procedimiento Civil, establece lo siguiente:
"...Los instrumentos en que se fundamente la pretensión, esto es, aquellos de los cuales se derive inmediatamente el derecho deducido, los cuales deberán producirse con el libelo..."
Dado el caso de autos, se evidencia que no fue acompañado a los autos, instrumento fundamental de la demanda intentada, este Tribunal se ve forzado a declarar Inadmisible la demanda propuesta, por no llenar el libelo de la demanda, uno de los requisitos previstos en el artículo 340 de la precitada ley.
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando j.....
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Juez/Ponente:
Ana Alejandra Morales
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Organo:
Juzgado Vigesimo de Municipio
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N° Expediente :
D1930
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N° Sentencia :
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Fecha: 03/07/2006 |
Procedimiento: Resolución De Contrato |
Partes: SOCIEDAD MERCANTIL ORGANIZACIÓN INMOBILIARIA I & T, 2002, C.A., CONTRA EL CIUDADANO RONAL JOSE GALICIA |
Resumen:
Ahora bien, observa esta Juzgadora, una vez revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, que desde la fecha que fue recibido el mismo, la parte demandante no ha consignado los recaudos fundamentales de su acción; a este respecto el artículo 340 en su ordinal 6° del Código de Procedimiento Civil, establece lo siguiente:
"...Los instrumentos en que se fundamente la pretensión, esto es, aquellos de los cuales se derive inmediatamente el derecho deducido, los cuales deberán producirse con el libelo..."
Dado el caso de autos, se evidencia que no fue acompañado a los autos, instrumento fundamental de la demanda intentada, este Tribunal se ve forzado a declarar Inadmisible la demanda propuesta, por no llenar el libelo de la demanda, uno de los requisitos previstos en el artículo 340 de la precitada ley.
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando j.....
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Juez/Ponente:
Ana Alejandra Morales
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Organo:
Juzgado Vigesimo de Municipio
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N° Expediente :
D-1939
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N° Sentencia :
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Fecha: 03/07/2006 |
Procedimiento: Resolución De Contrato |
Partes: CIUDADANOS MARITZA CALVO DE ACCONCIAGIOCO, ROSALBA ACCONCIAGIOCO DE CARDIER Y OTROS, CONTRA EL CIUDADANO JOSE FRANCISCO HERNANDEZ BRICEÑO |
Resumen:
Dado el caso de autos, se evidencia que no fue acompañado a los autos, instrumento fundamental de la demanda intentada, este Tribunal se ve forzado a declarar Inadmisible la demanda propuesta, por no llenar el libelo de la demanda, uno de los requisitos previstos en el artículo 340 de la precitada ley.
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente demanda.
Publíquese y Regístrese.
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Juez/Ponente:
Ana Alejandra Morales
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Organo:
Juzgado Vigesimo de Municipio
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N° Expediente :
D-1943
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N° Sentencia :
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Fecha: 03/07/2006 |
Procedimiento: Resolución De Contrato |
Partes: CIUDADANOS JOSE ALCIDES HERNANDEZ, NELSON SUAREZ Y OTROS, CONTRA LA CIUDADANA CARMEN BEATRIZ ALVAREZ SERRANO |
Resumen:
Dado el caso de autos, se evidencia que no fue acompañado a los autos, instrumento fundamental de la demanda intentada, este Tribunal se ve forzado a declarar Inadmisible la demanda propuesta, por no llenar el libelo de la demanda, uno de los requisitos previstos en el artículo 340 de la precitada ley.
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente demanda.
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Juez/Ponente:
Ana Alejandra Morales
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Organo:
Juzgado Vigesimo de Municipio
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N° Expediente :
06-3567
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N° Sentencia :
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Fecha: 03/07/2006 |
Procedimiento: Resolución De Contrato |
Partes: DTE: ANTONIO BARRIOS DELGADO. /DDO: EFRAIN FLORES. |
Resumen:
D E C I S I O N
Por todos los razonamientos que anteceden, este Tribunal Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda intentada por ANTONIO BARRIOS DELGADO, contra EFRAIN FLORES, ambas partes identificadas en autos por RESOLUCION DE CONTRATO, y como consecuencia de ello, se Condena a la parte Demandada, PRIMERO: En la Resolución del Contrato suscrito entre la partes en fecha 06 de Junio de 2003; y en consecuencia, la entrega material del inmueble constituido por el apartamento distinguido con la Letra "E", ubicado en el Piso 13 del Edificio ALTOCENTRO, situado en la Calle Negrin de la Parroquia El Recreo, Caracas, totalmente desocupado, tanto de bienes como de personas y en las mismas buenas condiciones en que lo recibió. SEGUNDO: A cancelar a la parte actora, la cantidad de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL BOLIV.....
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Juez/Ponente:
Indira Paris Bruni
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Organo:
Juzgado Noveno de Municipio
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