Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: La inmediata libertad del imputado Jos Manuel Valdez Alvarez, titular de la Cédula de Identidad Nº16.528´.229, residenciado en Calle 02 Casa Nro 74-34, Misión Abajo, Calabozo Estado Guárico, en virtud de habérsele acordado Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de la Libertad, contenida en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, tipificado en el artículo 278 del Código Penal.
SEGUNDO: Se acuerda el procedimiento por la vía ordinaria a los fines de que se realice las respectivas investigaciones y se llegue al total esclarecimiento de los hechos.
Notifíquese a las partes. Remítase las actuaciones a la Fiscalía act.....