Por lo anteriormente expuesto y en atención a la norma anteriormente transcrita y acogiéndose a la misma, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en todas y cada una de sus partes a la Transacción celebrada entre las partes en fecha 28/09/2011, en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA tiene incoado BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A. contra LIGIA MERCEDES ANDRADE PARRA, anteriormente identificados y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE