De acuerdo a las argumentaciones precedentemente expuestas, se ordena levantar la medida de prohibición de enajenar y gravar, decretada por el extinto Juzgado Décimo (10ª) de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas en fecha 26-03-2002, por medio de los oficios Nº 1159/02 y 1185/02 de fechas 26-02-2002 y 16-04-2002, agregada al Cuaderno de Comprobantes bajo el Nº 23, folios 23, 24 del segundo trimestre del año 2002, según oficio signado bajo el Nº 461/2002 de fecha 22-04-2002. Así mismo, es necesario ilustrar al Registrador Subalterno del Tercer Circuito del Municipio Chacao que la medida bajo examine fue suspendida por el extinto Juzgado Décimo (10ª) de Primera Instancia del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, mediante decisión de fecha 13 de noviembre de 2002, mediante oficio número 1653/02.