Por las razones antes expuestas, este Tribunal declara CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO solicitada por el ciudadano VICTOR UGUETO, identificado anteriormente, y en tal sentido ordena que se rectifique el error mencionado en los términos siguientes: en su acta de matrimonio inserta en el Libro de Matrimonios de la Jefatura Civil de la Parroquia San Agustín del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 96, del Año 1986, Tomo 1, de fecha 11 de julio de 1986, en donde dice: "2.960.285", debe leerse: "2.960.286", como real y legalmente corresponde.
En consecuencia, se ordena oficiar lo conducente al Registro Principal del Distrito Capital y a la Jefatura Civil (ahora Registro Civil) de la Parroquia San Agustín del Municipio Libertador del Distrito Capital, y anéxese a las mismas copias certificadas de la presente decisión, previa consignación de los fotostatos respectivos por la parte interesada. Así se decide.-
Regístrese, publíquese y déjese copia .....