Se dictó y publicó sentencia definitiva mediante la cual se delcaró CON LUGAR LA DEMANDA Y SIN LUGAR LA RECONVENCION, en el juicio incoado por RAQUEL DAMARIS MILLAN ROMERO contra MARLENE DE JESUS NUÑEZ DE ANDUEZA y LUISA JOSEFINA NUÑEZ ALMEIDA, ambas partes identificadas en el cuerpo de la decisión. Se condenó a la demandada a dar cumplimiento al contrato suscrito en fecha 10 de octubre de 2010 mediante el otorgamiento del documento de venta ante la oficina de Registro correspondiente a favor de la compradora, dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la publicación del fallo. Se condenó en costas a la demandada.-