JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, CALABOZO. CUATRO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL CATORCE (04/02/2.014). AÑOS 203º y 154º
Siendo la oportunidad legal correspondiente para la celebración de la audiencia de pruebas, de conformidad con el auto dictado en fecha 17/12/2013 (folio 196), se constata a los folios 197 al 199, escrito presentado en fecha 15/01/2014 por las partes intervinientes en el presente Litigio, contentivo de convenimiento. En consecuencia de lo cual, esta Instancia Judicial Agraria, observa, de los términos del convenimiento suscrito, se encuentra sometido a condición en el tiempo, razón por la cual se suspende la celebración de la Audiencia Oral de Pruebas, hasta tanto conste en autos el cumplimiento total del convenimiento suscrito entre las partes.
La Jueza Provisorio,
Xiomara Méndez Ramírez La Secretaria
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