Vista la proposición de obligación de manutenciòn realizada por el Ciudadano: JOSÈ MANUEL MEDINA CASTRO, venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, titular de la Cèdula de Identidad Nª V- 14.672.335, parte demandada en el presente juicio (Exp. Nª 1652-2016), donde propuso la cantidad de SEIS MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 6.600.00) mensual, asi como tambièn colaborar con los gastos de la època escolar, decembrina en un 50%, mèdicos y medicinas cuando lo amerite y la aceptación de la misma por parte de la Ciudadana: YUMIR YANET BLANCA MENDEZ, quien actua en representación de sus hijos (identificados en autos); El TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LO DA POR TERMINADO CONSUMADO E IMPARTE SU HOMOLOGACIÒN, y se establece en el interès superior del niño y del adolescente, que la actora apertura cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario de esta localidad, la cual serà movilizada y administrada por ella, sin previo .....