Este Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA por los ciudadanos EFREM RAMON LLOVERA SUAREZ, GABRIEL ALEXANDER VILLARREAL RAMIREZ y CAROL DAYAN RODRIGUEZ titular de las cédula de identidad Nro 6.868.798, 20.039.676 y 18.098.913 respectivamente, por cobro de prestaciones sociales contra CONSTRUCTORA Y MANTENIMIENTO VU- C.A., condenándose a la parte demandada, a pagar al actor la cantidades derivadas de los conceptos especificados en la motiva del presente fallo, mas lo que resulte de la experticia complementaria ordenadas en este fallo. SEGUNDO: Se ordena realizar experticia complementaria del fallo conforme a los parámetros señalados en la parte motiva del fallo. TERCERO: Se condena en costas a la demandada de .....