Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, DECLARA:
Primero: Se NIEGA el recurso de casación anunciado en fecha 24 de marzo de 2025, por la abogada LUCIA MARZULLO MONACO, contra la sentencia dictada por esta Alzada, en fecha 14 de marzo de 2025, que declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto contra la decisión de fecha 04 de noviembre de 2024, dictada por el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quien negó las medidas cautelares nominadas e innominadas solicitadas por la ciudadana MARILENA PARCA PISANO, en la solicitud de D.....