Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en el ejercicio de su competencia, da por terminado dicho acto imparte la HOMOLOGACIÓN del mismo y se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, se da por terminado el procedimiento y se ordena el cierre del presente expediente una vez transcurrido cinco (05) días de despacho siguientes a la presente fecha.