vicia de nulidad el acto que se comenta, es por lo que este Tribunal, acuerda decretar la NULIDAD DE DICHO ACTO por mandato del artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia ordena reponer la causa al estado de Constitución del Tribunal con escabinos, dejando sin efecto todas las actas que con posterioridad al acta anulada consten en autos y que se refieran, relacionen o deriven con esta incidencia. Ahora bien, teniendo en cuenta que con anterioridad al 05 de mayo de 2006, existen varias convocatorias para el acto de depuración de escabinos sin que se haya podido realizar el acto de constitución del Tribunal a los fines de evitar dilaciones indebidas, se ordena previamente y con carácter URGENTE el traslado del acusado NELSON EDUARDO BLANCO DEL VALLE hasta este Tribunal para oírlo sobre si desea ser juzgado por un Tribunal unipersonal agotando así el derecho que tiene de escoger a su juez natural. Líbrese la boleta de traslado respectiva. Notifíquese