En consecuencia, y por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, NIEGA la solicitud de la medida de secuestro solicitada por el abogado JOSÉ RAMÓN ALVAREZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana JUANA BAUTISTA MARTÍNEZ, plenamente identificada en autos, y así se decide.
Publíquese, incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, regístrese y déjese copia certificada en el archivador llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en Valle de La Pascua, a los cuatro (4) días del mes de Mayo del Año 2.009. Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
El Juez
Dr. José Alberto Bermejo
La Secretaria.....