PRIMERO: Acuerda seguir la presente causa a través del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que faltan diligencias por practicar, tal como lo ha solicitado la Fiscal del Ministerio Público a la cual se adhirió la Defensa del imputado MAIKER JAVIER LANDAETA, WILLIAMS HERNANDEZ, DAVID EDUARDO VARGAS y HENRY JAVIER VARGAS.
SEGUNDO: Esta Juzgadora habiendo oído a las partes y revisadas las actuaciones ha llegado a una razonable conclusión que pudiéramos encontrarnos ante la presencia de un hecho punible tal como lo precalificara el Representante Fiscal, vale decir, POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la LEY ORGANICA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, toda vez que el imputado MAIKER JAVIER LANDAETA, WILLIAMS HERNANDEZ, DAVID EDUARDO VARGAS y HENRY JAVIER VARGAS, conforme se desprende del acta polic.....