declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia se ordena RECTIFICA en los términos contenidos en el presente fallo, el acta de nacimiento del ciudadano DIEGO JOSE CASADINHO GONZALEZ, emitida por La Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Federal, inserta bajo el Nº 1966, de fecha 28 de septiembre de 1994, y así se decide.
En consecuencia, se ordena la RECTIFICACIÓN del acta de NACIMIENTO del ciudadano DIEGO JOSE CASADINHO GONZALEZ, en lo que respecta el estado civil de su progenitora el cual debe anotarse en la forma como a continuación queda escrito "SOLTERA", y así expresamente se decide.
Finalmente, este Tribunal actuando de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo dispuesto en el artículo 502 del Código Civil, ordena que una vez ejecutoriada la sentencia, se inserte íntegra en los Registros respectivos, sin hacer alteración de la partida rectificada, poniendo a su .....