III
Por los motivos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara de conformidad con los artículos 267, ordinal 1, y 269 del Código de Procedimiento Civil, la perención de la instancia y del presente procedimiento.-
El Juez.
Dr. José A. Bermejo. La Secretaria
Publicada y registrada en su fecha, siendo las 10:30 a.m., previa las formalidades legales.
La Secretaria
JB/cm/dd
Exp. 18.742