PARTE DISPOSITIVA:
Por lo anteriormente expresado este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección al Niño y al Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERA: Se DECLARA SIN LUGAR LA ACCIÓN DE REIVINDICACIÓN ejercida por el ciudadano VALENTIN MARTINEZ GUZMAN en contra de los ciudadanos PEDRO PABLO PEREZ MARTINEZ y JOSEFINA MARTINEZ DE PEREZ, con relación al inmueble ubicado en la Calle Sucre No. 02 de esta ciudad de San Juan de Los Morros y cuyos linderos fueron expresados supra, y del cual se señala como documento de propiedad del acto el inscrito en el Registro Subalterno del Distrito Roscio del Estado Guárico, bajo el No. 53, Protocolo Primero, Tomo Primero, Tercer Trimestre del año 1.975.
SEGUNDA: Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instan.....