Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos JOSE LUIS PEÑAFIEL RAMBAL y HAIDEE JOSEFINA JIMENEZ ROMERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros: V-11.680.297 y V-11.032.169 respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha treinta y uno (31) de Julio de 1.997, por ante el Jefe Civil del Municipio Sucre, Parroquia Caucaguita del Estado Miranda, asentada bajo el acta Nº 14, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por ese Despacho en el año 1997. En cuanto a los niños (Se omite su identificación .....