REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Vista propuesta de Obligación de Manutención (f. 10), propuesta ante este despacho por parte del ciudadano: NESTOR LUIS FLORES GUERRERO, en fecha 03 de Noviembre de 2009, donde propuso como Obligación de Manutención en la cantidad de Bs. 250,00 mensuales; y la aceptación de la misma en fecha del día hoy 03 de Noviembre de 2009 (f. 10) por parte de la ciudadana: MILAGROS MARIELA SOLORZANO TERAN; en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente.- En consecuencia se acuerda oficiar al Banco Banfoandes a los fines de aperturar cuenta de ahorro a nombre del niño: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, la cual será movilizada por la Ciudadana: MILAGROS MARIELA SOLORZANO TERAN, pero siempre bajo la supervisión de esta instancia judicial. .....