PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Parte Actora, Empresa Mercantil Internet del Capital 2000 S.A. En consecuencia se CONFIRMA el auto de la recurrida Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Calabozo, de fecha 08 de mayo de 2007, en lo relativo a la inexistencia de la citación tácita o presunta y así, se decide.
SEGUNDO: Al confirmarse en su totalidad, el fallo recurrido, se condena en COSTAS a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil y así, se establece,
Regístrese, Publíquese, y Déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada, en la Sala del Despacho del JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRÁNSITO, Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en la Ciudad de San Juan de los Morros, a los Cuatro (04) días del mes de Diciembre del a.....