Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Reenvío en lo Penal, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
Declara: Inadmite por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la Everlin De La Cruz, Defensora Pública Primera con Competencia Especial en Delitos de Violencia contra la Mujer adscrita a la Unidad de la Defensa Pública Penal del Área Metropolitana de Caracas, contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este mismo Circuito Judicial de fecha 01 de noviembre de 2012, mediante la cual dictó la privación judicial preventiva de libertad de su defendido, ciudadano Ismael David Pacheco Bailon, titular de la cedula de identidad N° V- 19.555.339.
Regístrese, déjese copia y cúmplase.-