LA APERTURA DEL PROCEDIMIENTO, para optar en su oportunidad dicho penado por el beneficio de Régimen Abierto, como fórmula de cumplimiento de pena, y en consecuencia se ordena la práctica de la respectiva evaluación Psico-social, al mencionado penado, a los fines de proveer sobre la procedencia o no de dicho beneficio. Para lo cual ofíciese a la Coordinación Regional de Tratamiento No Institucional del Ministerio del Interior y Justica, con sede en la ciudad de Valencia Estado Carabobo.
Igualmente acuerda designar, de conformidad, a la ciudadana Lidia Mireya Morales, C.I.N° 5.888.792, como Correo Especial para retirar posteriormente ante ese Despacho el referido Informe Psoco-social.