Por lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: la homologación del desistimiento planteado por la parte demandante, declarando extinguida la acción y el proceso en contra del ciudadano ANTONIO SIMON VALLAR MECCHIA, titular d la cédula de identidad número 6.558.193.