DECLARA REFORMADO el cómputo de pena, efectuado en el presente asunto jurídico N° JL01-P-2001-000050, que se le sigue al penado YOEL RAFAEL SEIJAS HERNÁNDEZ, en los términos en que quedó explanado en las dos primeras partes de esta resolución, con fundamento en lo estipulado en los artículos 479 numerales 1. y 2., 482, 483 y 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal.