ACTA DE INHIBICION
En horas del día martes 05 de abril del año 2005, siendo las 8:45 horas de la mañana, compareció ante la Secretaría del Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, la Juez Temporal del mismo, ABG. DAYSY YSAMILLYS CARO CEDEÑO, quien expuso:"Revisadas las presentes actuaciones, quien suscribe observa que, cursa a los autos escrito refrendado por mi persona, de fecha 20 de enero del 2005, en mi condición (para la fecha) de Defensora Pública Penal adscrita a la Unidad de Defensores Públicos Penales del Estado Guárico(encargada), del imputado CASTILLO TEOBALDO RAFAEL, mediante el cual procedí a contestar la acusación presentada por el Fiscal Octavo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con el artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, al existir una causal taxativa de Inhibición es por lo que procedo a INHIBIRME de conocer el presente asunto, de conformidad con los numerales .....