Por lo que antecede, este Juzgado Único de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Estado Guárico, con sede en San Juan de Los Morros, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente Pronunciamiento, Único: Se Decreta: la cesación de la sanción impuesta al ciudadano: identidad omitida (adolescente al momento de ocurrir los hechos) venezolano, de 20 años, nacido en fecha 07/11/1984, en Maracay Estado Aragua, conforme a lo establecido en los dispositivos 619,646 y 647 literal ¿h¿ de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Publíquese. Regístrese. Notifíquese a las partes. Archivese y déjese copia de la presente decisión. Cúmplase.-
LA JUEZ,
CARMEN E MALDONADO