DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO y, en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que unía a los ciudadanos TANIA MERLI RAGA GIL y DANIEL BENITEZ LINAREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.806.062 y 6.302.484 respectivamente, contraído en fecha 16 de febrero de 1.987, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Departamento Hoy Municipio Libertador, del Distrito Federal hoy Capital, según acta de Matrimonio Nº 72.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DEJASE COPIA.
Notifíquese a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre del Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registrador Principal del Municipio Libertador del Distrito .....