En virtud de lo antes expuesto y de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN EN ESTE JUICIO que por INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS MATERIALES Y MORALES, siguieron los ciudadanos LENIN ALFONSO ESCOBAR VILORIA y VICTORIA ELENA GIL ESPEJO, contra la M/N OCEAN DREAM Y SU CAPITAN KONSTANTINO MOSCHOPOULOS; en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Archívese el expediente.-