Por todos lo antes expuesto, este Tribual Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REALIZA NUEVO CÓMPUTO DE CUMPLIMIENTO DE PENA PRINCIPAL POR REDENCIÓN, al penado MONTILLA SÁNCHEZ ALEGDY ANTONIO, faltándole por cumplir de la pena de 08 años la prisión de 04 años, 05 meses, 05 días, la cual cumple definitivamente el día 10 de octubre 2014, salvo que continúe redimiendo la pena impuesta, de conformidad con lo establecido en el artículo 482, último aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 3 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y Estudio.