Llenos como están los extremos del citado artículo 185-A del Código Civil, este Juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio y, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos: ZAID RAFAEL MATA TOVAR y YENNY DEL ROSARIO CARVAJAL, identificados en autos, el cual contrajeron por ante la Prefectura del Distrito Mellado del Estado Guárico, hoy Registro Civil del Municipio Julián Mellado del Estado Guárico, en fecha 23 de diciembre de 1.997, como consta de acta N° 66, folios 430 frente al 431 frente del Libro de Registro Civil de Matrimonios.