Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Trigésimo Octavo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas en Función de Control, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida PERSONA POR IDENTIFICAR, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 108 ordinales 2° del Código Penal derogado, por la presunta comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 457 Ejusdem, en perjuicio del ciudadano VICENTE VÁSQUEZ FERNÁNDEZ.
Diarícese, déjese copia y notifíquese la presente decisión.