DISPOSITIVO-En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, en los términos que dispone el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:PRIMERO: Se declara CON LUGAR la acción que por Cobro de Bolívares incoara la Sociedad Mercantil ORGANIZACIÓN PAFI C.A. en contra de la ciudadana MARIA ISABEL CORREA DE MONTENEGRO, ambas partes ya plenamente identificadas.SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se CONDENA a la parte demandada en la causa, ciudadana MARIA ISABEL CORREA DE MONTENEGRO, a cancelar a la parte actora en el proceso, Sociedad Mercantil ORGANIZACIÓN PAFI C.A., la cantidad de Dieciocho Millones Trescientos Ochenta y Nueve Mil Cuatrocientos Setenta y Cuatro Bolívares exactos (18.389.474,00 Bs.) ó su equivalente actual conforme al decreto de reconversión monetaria d.....