Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación de la parte demandada, contra la decisión del Juzgado 12° de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial, de fecha 11 de abril de 2011, la cual queda modificada en los términos de este fallo. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por SHEILA DAYANA RAMIREZ y KARINA BERFRE GONZALEZ REYES, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números: 6.670.170 y 9.416.382, respectivamente, por reclamación de diferencia de prestaciones sociales; contra la sociedad mercantil, CITIBANCK, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado de Comercio del Distrito Federal, en fecha 13 de noviembre de 1917, b.....