DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Alzada Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN de la DRA. MARIA ELENA GARCIA PRU Juez Presidente de ésta Corte Superior de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente de la Circunscripción Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, quien se inhibió de conocer de la presente causa signada con el N°1Aa-1396-18, nomenclatura de ésta Corte Única, por manifestar y probar que se encuentra incursa en la causal contenida en el numeral 8, del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal y ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión